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Plasma de enfermos Covid es usado para ensayos clínicos

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Santo Domingo, RD.- El uso de plasma convaleciente donado de un paciente que haya superado el Covid-19, para colocarse a otro que tiene la enfermedad, es una de las herramientas de tratamiento experimental que se está aplicando en el país, para pasar inmunidad o anticuerpos que luchen contra el virus.

Aunque su uso está tomando cada vez más auge, llegando incluso a publicar­se en las redes sociales so­licitudes de donación que incluye oferta económica, solo está autorizado como ensayo clínico por el Minis­terio de Salud Pública, me­diante resolución 00007, con previa autorización del Consejo Nacional de Bioéti­ca (Conabios).

No obstante, ese organis­mo, que rige las investiga­ciones médicas en el país, sólo ha recibido un proto­colo de investigación sobre plasma convaleciente, el cual tras un mes de evalua­ciones y discusiones, ayer fue aprobado, pero aún no se ha notificado a sus in­vestigadores, reveló el médico Miguel Montalvo, director ejecuti­vo del Consejo.

De ahí, explicó Montal­vo, que hasta el momento todo el que esté utilizando el plasma como tratamien­to para Covid-19, lo hace sin haber pasado por ese organismo. Además infor­mó que el Consejo ha re­cibido otros dos protoco­ los de otros medicamentos, entre ellos la ivermectina, pero que aún no han sido aprobados.

Como su uso para op­ción terapéutica en pacien­tes con Covid-19 no está incluido dentro del proto­colo de tratamiento esta­blecido por el Ministerio de Salud Pública, ese tipo de plasma no forma parte de la cartera de servicios que ofrece la Cruz Roja Domi­nicana, que maneja el prin­cipal banco de sangre del país.

Lucrecia Rosario, admi­nistradora del Banco de Sangre de la Cruz Roja, ex­plicó que no han recibido aprobación del Ministerio de Salud para suplir plas­ma convaleciente para Co­vid, aunque siguen suplien­do a la población todos los derivados de sangre, in­cluyendo plasma normal y plasma por aféresis.

Sólo para ensayo clínico

El abril, Salud Públi­ca emitió una resolución que establece las condicio­nes para el uso de plasma hiperinmune como trata­miento del virus. Esta orde­na que los establecimientos, servicios o profesionales que consideren aplicar tra­tamientos para Covid-19 a través de plasma hiperin­mune, y hasta tanto no exis­ta suficiente evidencia cien­tífica que lo avale, deben ser manejados de acuerdo a las regulaciones aplicables a ensayos clínicos, siguiendo los criterios de bioética in­ternacionales y locales del CONABIOS.

El plasma convalecien­te se utiliza al suponer­se que al pasar los an­ticuerpos del Covid-19 de un paciente que ya los generó al superar la enfermedad, se en­tiende que se gene­ra inmunidad en quien los recibe, ya que esos anticuerpos lucharán contra el virus y ayuda­rán a salir de la enfer­medad. El plasma normal o por aféresis es el deriva­do de sangre de mayor costo en su procesa­miento.
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