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El valor de la multa por no dar paso a una ambulancia en Bogotá

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Bogotá, Colombia.- Negarse a ceder el paso a una ambulancia en Bogotá no solo estaría mal visto, sino que también podría ganarle una multa millonaria a quien subestime la urgencia que obliga a este vehículo de emergencia a tomarse el paso y adelantar a cuanto vehículo este por delante en las vías principales de la ciudad.

Según indica la normativa colombiana en el Código Nacional de Tránsito, específicamente en el artículo 64 de la ley 769 del 2002,: “todo conductor debe ceder el paso a los vehículos de ambulancias, cuerpo de bomberos, vehículos de socorro o emergencia y de la policía o ejército orillándose al costado derecho de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo, cuando anuncien su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o audible. En todo caso los vehículos de emergencia deben reducir la velocidad y constatar que les han cedido el derecho de paso al cruzar una intersección”.

Además, “en calzadas de tres (3) carriles, deberá procurarse despejar, como mínimo, el carril del medio para el paso de estos vehículos. Si tiene más de tres (3), se despejará el siguiente al del carril más rápido, o por donde lo haya demarcado la autoridad de tránsito mediante señalización especial. En todo caso se permitirá el paso”.

Podría enfrentarse a una multa por 30 salarios mínimos legales diarios vigentes (Smdlv), que, para el 2024 es de $1.299.990 pesos colombianos, según el portal especializado Salario Mínimo Colombia

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