Santo Domingo, RD.- La psiquiatra Ylsa Emperatriz Quero Cabrera enfrentará en libertad el proceso judicial relacionado con el presunto internamiento involuntario de un ingeniero y empresario en un centro de salud mental. El 18 de octubre de 2026, un tribunal de Santo Domingo Este le impuso una garantía económica de RD$50,000, presentación periódica e impedimento de salida del país, después de que el Ministerio Público solicitara prisión preventiva.
La decisión representa un cambio en la situación judicial de la profesional, detenida el 14 de octubre mientras se encontraba en su consultorio. Sin embargo, las medidas de coerción no constituyen una sentencia sobre su culpabilidad o inocencia.
La presunta participación de la psiquiatra
La investigación atribuye a Quero Cabrera una posible participación en la organización del ingreso del empresario al establecimiento psiquiátrico.
De acuerdo con la imputación divulgada por la prensa, Nancy Estervina de Jesús habría declarado que gestionó el ingreso siguiendo instrucciones de la médica. Esta versión forma parte de los elementos atribuidos a la acusación y deberá ser examinada dentro del proceso judicial.
La defensa de la psiquiatra cuestiona la imputación. Su abogado, Jean Cristofer Pérez, sostuvo públicamente que no existen elementos suficientes para vincular a su representada con los hechos y cuestionó los fundamentos jurídicos de la acusación. Estas afirmaciones corresponden a la posición de la defensa, al igual que los señalamientos del Ministerio Público deben entenderse como una imputación y no como una condena.
¿Qué decidió el tribunal?
El domingo 18 de octubre de 2026, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso tres medidas de coerción a la psiquiatra:
- Garantía económica: RD$50,000 en efectivo.
- Presentación periódica: obligación de comparecer ante las autoridades conforme a las condiciones establecidas judicialmente.
- Impedimento de salida: prohibición de abandonar el territorio nacional sin la autorización correspondiente.
El Ministerio Público había solicitado prisión preventiva, pero el juez Leomar Cruz Quezada dispuso medidas menos restrictivas. Según informaciones publicadas por Diario Libre, el estado de embarazo de la médica fue mencionado entre las circunstancias consideradas durante el proceso.
La decisión permite que la imputada continúe el proceso en libertad, sujeta al cumplimiento de las medidas impuestas. No significa que la investigación haya concluido ni que los hechos denunciados hayan sido descartados.
El caso reabre el debate sobre los internamientos psiquiátricos involuntarios
Más allá de la situación individual de la médica, el caso ha generado discusión sobre los límites de la intervención psiquiátrica, los derechos de los pacientes y los procedimientos que deben seguirse cuando una persona necesita atención de salud mental sin aceptar voluntariamente el ingreso.
En declaraciones recogidas por De Último Minuto el 15 de octubre, la psiquiatra Alexandra Hichez explicó que la legislación dominicana contempla distintas modalidades de internamiento y que los ingresos involuntarios deben responder a criterios médicos y legales, no únicamente a la solicitud de un familiar.
La discusión requiere distinguir entre una intervención clínica justificada por una situación de riesgo y una privación de libertad que no cumpla las condiciones legales aplicables. La existencia de un diagnóstico psiquiátrico, por sí sola, no debe interpretarse como autorización automática para retener a una persona.
En este contexto, resulta necesario examinar la Ley General de Salud núm. 42-01 y la Ley núm. 12-06 sobre Salud Mental, junto con las normas y protocolos aplicables. Para determinar si un internamiento concreto fue legal, deben evaluarse las circunstancias clínicas, la documentación, el procedimiento seguido y las garantías de los derechos del paciente.
El caso de Quero Cabrera no permite, por sí solo, concluir que todos los internamientos involuntarios sean irregulares ni que la actuación de la médica haya sido ilícita. Esa valoración depende de las pruebas y de las decisiones que adopten las autoridades competentes.
Presunción de inocencia y garantías judiciales
La investigación también plantea la necesidad de proteger los derechos de las personas que denuncian una posible privación ilegítima de libertad y los de los profesionales de la salud sometidos a un proceso penal.
La presunción de inocencia exige que la responsabilidad penal no se dé por establecida antes de una sentencia definitiva. Al mismo tiempo, corresponde a las autoridades investigar los hechos denunciados, examinar las pruebas y determinar si hubo conductas contrarias a la ley.
La controversia debe resolverse a partir de evidencias verificables y de las garantías procesales, sin convertir las acusaciones en conclusiones anticipadas.

