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Agresión al personal de salud: una conducta que puede costar hasta 7 años de prisión



Marco legal vigente en la República Dominicana

En la República Dominicana, la agresión contra el personal de salud no es simplemente una falta moral o un acto de intolerancia social: es un delito penal que puede conllevar penas de hasta siete años de prisión, dependiendo de la gravedad del hecho.

La base normativa principal se encuentra en la Ley 42-01 (Ley General de Salud), la cual establece que el personal sanitario que actúa en el ejercicio de sus funciones goza de protección especial frente a agresiones físicas, verbales o psicológicas. Esta protección se complementa con disposiciones del Código Penal dominicano cuando la agresión implica lesiones, amenazas, uso de armas o tentativa de homicidio.

En términos jurídicos, el personal de salud es considerado servidor público en el ejercicio de funciones esenciales, lo que agrava la responsabilidad penal del agresor. En escenarios donde la agresión cause lesiones de consideración o incapacidad laboral, las penas pueden escalar progresivamente, alcanzando —en determinados supuestos— hasta los siete años de reclusión.

Más allá de la ley: una realidad creciente

La violencia contra médicos, enfermeras, paramédicos y demás profesionales sanitarios ha dejado de ser un fenómeno aislado. En salas de emergencia, unidades de cuidados intensivos, ambulancias y centros de atención primaria, el estrés, la desesperación y la desinformación suelen convertirse en detonantes de agresión.

Sin embargo, ninguna circunstancia emocional justifica la violencia.

En el contexto prehospitalario dominicano, donde los equipos de emergencia enfrentan escenas críticas —accidentes de tránsito, paros cardiorrespiratorios, conflictos familiares— el riesgo se multiplica. El profesional que llega a salvar una vida puede convertirse, injustamente, en blanco de golpes, amenazas o intimidaciones.

Diversos estudios internacionales, incluyendo reportes de la Organización Mundial de la Salud (OMS), han advertido que la violencia en entornos sanitarios incrementa el ausentismo laboral, el agotamiento profesional (burnout) y la migración de talento médico hacia otros países o sectores privados más seguros.

Implicaciones éticas y sociales

Penalizar la agresión no solo tiene un propósito punitivo; cumple también una función preventiva y simbólica: reafirma que la sociedad dominicana reconoce la labor sanitaria como esencial y digna de respeto.

El acto de agredir a un profesional de la salud no afecta únicamente a la víctima directa. Impacta:

  • La calidad de la atención a otros pacientes.
  • La estabilidad emocional del equipo médico.
  • La confianza institucional.
  • La sostenibilidad del sistema sanitario.

En términos éticos, la violencia rompe el pacto implícito entre sociedad y sistema de salud: el compromiso de cuidar y ser cuidado bajo un marco de respeto mutuo.

El entorno hospitalario como espacio protegido

Desde una perspectiva jurídica comparada, muchos países han fortalecido sus marcos normativos para endurecer sanciones contra quienes agreden al personal sanitario. República Dominicana se suma a esta tendencia al establecer sanciones claras y proporcionales.

No obstante, el desafío no es solo legal. Es cultural.

La educación ciudadana, la humanización del trato hospitalario, la comunicación efectiva en situaciones críticas y el fortalecimiento de protocolos de seguridad institucional son pilares fundamentales para prevenir la violencia antes de que ocurra.

Prevención y corresponsabilidad

El abordaje integral requiere:

  • Protocolos de seguridad hospitalaria claros y actualizados.
  • Capacitación en manejo de conflictos y comunicación en crisis.
  • Campañas públicas de sensibilización.
  • Denuncia formal y seguimiento judicial de cada caso.

La impunidad alimenta la repetición. La aplicación firme de la ley envía un mensaje inequívoco: agredir al personal de salud no es una reacción impulsiva, es un delito.

Reflexión final

Cada profesional de la salud que entra a una sala de emergencias lo hace con un propósito claro: preservar la vida. Cuando ese acto de servicio es respondido con violencia, no solo se hiere a una persona, se vulnera el corazón mismo del sistema sanitario.

La posibilidad de enfrentar hasta siete años de prisión debería servir como advertencia suficiente. Pero más allá del temor a la sanción, lo que realmente debería prevalecer es la conciencia colectiva de que proteger a quienes nos cuidan es una responsabilidad compartida.

En un país que continúa fortaleciendo su sistema sanitario, la protección legal del personal de salud representa un paso firme hacia la dignificación de la profesión y la consolidación de un entorno asistencial seguro, humano y respetuoso.

Consultas

Organización Mundial de la Salud. Informe sobre violencia en el lugar de trabajo en el sector salud.
Ley 42-01. Ley General de Salud de la República Dominicana.
Código Penal de la República Dominicana.
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